Desgravación Fiscal

INFORMACIÓN SOBRE DESGRAVACIÓN

¡75% de desgravación fiscal para socios y donantes!

VIVIENDAS PARA LOS SIN TECHO es una entidad declarada de Utilidad Pública por el Ministerio del Interior, y que permite desgravar fiscalmente las contribuciones económicas realizadas por sus socios y donantes. El porcentaje de desgravación es del 75% para los primeros 150€ aportados. Pasada esa cantidad, el resto del aporte se beneficiaría de una deducción de entre el 30% y el 35% en 2016.

Los detalles

La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE núm. 288 de 28 de noviembre), introduce modificaciones a partir del 1 de enero de 2015 en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo. El régimen de las entidades sin fines lucrativos a las que resulta de aplicación la normativa de la Ley 49/2002 se mantiene en los mismos términos y las novedades afectan al mecenazgo y, concretamente, al incremento de los tipos de deducción aplicables, por los donativos realizados por las personas físicas y/o jurídicas a fundaciones acogidas al régimen fiscal especial.

A continuación se resumen las novedades introducidas y con efectos desde el 1 de enero de 2015:

Se estimula la fidelización de las donaciones, tanto por personas físicas como jurídicas:

– Las personas físicas podrán aplicar una deducción del 35% (en vez del 30% general) por el exceso sobre 150 euros donados, siempre que se hayan efectuado donativos a la misma entidad en los últimos tres años (dicho porcentaje se sitúa en el 32,5% en el ejercicio 2015).

– Las donaciones fidelizadas durante un mínimo de 3 años, realizadas por las personas jurídicas, tendrán derecho a una deducción en el Impuesto sobre Sociedades del 40%, si bien en 2015 dicho porcentaje se fija en el 37,5%.